Ciudadanos o nacionales, la falacia de la ciudadanía americana

03.11.2016 11:46

 

 
 

 

Introducción
 
Los anexionistas pitiyanquis anuncian con bombos y platillos, 100 años de la mal llamada Ciudadanía Americana.  Como la mayoría de las cosas que nos dicen los gringos, la CIUDADANÍA AMERICANA es otra de las muchas pendejerías, embustes, verdades a medias y falacias.  Vamos a ver; ¿puede usted votar por el presidente ¡NO!, paga contribuciones federales ¡NO!, es usted un ciudadano pleno de EU ¡NO!?
 
Eso que tantos algunos pretenden valorar no existe, no se puede encontrar ni en los centros espiritistas, el que nace en PR no es considerado CIUDADANO de EU constitucionalmente hablando, eso es una ficción que se nos ha vendido por 100 años, igualito que le vendemos Santa Claus, el Ratón de los Dientes  y Los Reyes a los nenes.   Para efectos constitucionales PR (los 100x35), pertenece pero NO puede considerarse parte integral Territorio Estadounidense.
 
Algo de Historia
 
Invaden los gringos  a PR y eliminan la Carta Autonómica que extendería la ciudadanía española los puertorriqueños.  Surgen debates en el pleno del Congreso que que se haría on los puertorriqueños.  La teoría de los historiadores de la época esbozaba que cuando el americano invadía un país trataría de asimilar e integraría el territorio ocupado y extendería la ciudadanía.
 
“La ley Foraker nos dá una idea de lo que había en el pensamiento yanqui. Los demócratas pensaban se debía otorgar la ciudadanía porque no había marco moral  o politico para la anexión del territorio con personas que no tendrían poderes civiles y políticos.  De los debates se desprende que hasta se planteó la posibilidad de vaciar la Isla y convertirla en un enclave militar completo”.
 
 
“Entonces se contabilizó la población, cuantos negros, blancos, mestizos etc. como si el país fuese una especie de finca agrícola y fuésemos parte del ganado .  La ley Foraker en algún momento contemplaba la ciudadanía pero se eliminó.  Se pensó en llamarlo la CORPORACIÓN DE PUERTO RICO y NO se pudo pues comprometía al americano.  EL PUEBLO DE PUERTO RICO es el nombre jurídico que se aplicó hasta el 1952, con la creación del ELA”
 
“Entre 1901 y 1902  Puerto Rico, recibe la clasificación de TERRITORIO NO INCORPORADO.  El territorio y la población para efectos constitucionales pertenecen a EU pero no son parte integral, no somos residentes, no somos extranjeros, somos nacionales.  A este híbrido entre ciudadanos, residentes, no extranjeros se le conocía como NACIONAL o SÚBDITO.  Por la definición súbdito no ser cónsona con una república (EU) se le siguió llamando nacional; somos los segundos en obtener el título después de negros y afro americanos”.
 
 
Tenemos protección diplomática, no votamos por el Presidente no pagamos contribuciones, la llamado EXTENSION DE LA CIUDADANÍA AMERICANA por virtud de la Ley Jones no cambia en nada la relación política de los dos pueblos.  Lo que hace EU es declarar a los puertorriqueños como nacionales.   Bajo la  LEY  JONES, los puertorriqueños son súbditos o nacionales de EU "pero llevan el término ''Ciudadanos de Puerto Rico".  Esto llevaría a pensar que es un pueblo distinto y separado.  Los gringos dicen entonces  "Los llamaremos ciudadanos de EU sin que con esto se entienda que ellos han adquirido derecho político o civil alguno".
 
 
Casos en los tribunales
 
El caso Drescott, un hombre blanco estadounidense de descendientes negros exige se le garanticen sus derechos constitucionales, pero la corte expresa que en la CONSTITUCIÓN la definición  ‘WE THE PEOPLE’ solo cobija a los blancos. Si el hombre en cuestión aunque nacido en EU no estaba cobijado por la constitución  entonces ¿qué era?…dictaminaron que era un NACIONAL.  Con este dictamen de que los negros eran nacionales se sacuden de tener que nombrarlos extranjeros o ciudadanos (1853), luego se enmendará la Constitución para designarlos Ciudadanos con todas las de la ley.
 
La puertorriqueña Isabel Rosa González llega a EU en 1903, es arrestada como inmigrante ilegal y por ser considerada ''un potencial estorbo''.  Se ve el caso y se determina que ella no es extranjera, tampoco es ciudadana de EU es NACIONAL o SUBDITO de EU sujeta a la protección diplomática del Gobierno.
 
El caso Balzac, tres años después de la otorgación de la ciudadanía al nuevo y flamante  ciudadano americano Balzac, se le niega juicio por jurado, lo cual cobija a todo ciudadano americano. Apela la decisión (por dos casos de libelo).  Le dicen a Balzac “léase bien la Ley Jones’ ahí está esbozado en término de derechos civiles lo que a usted le cobija; ¿está estipulado el juicio por jurado? NO, entonces eso no le aplica a su caso; se desprende del caso por tanto la ciudadanía americana de los puertorriqueños no existe juridicamente hablando.
 
En 1978, en un caso llamado “Calífano v. Torres”, y nuevamente en 1980, en otro llamado “Harris v. Rosario”, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos confirmó que el Congreso podía discriminar contra los puertorriqueños que se mudaban de los estados al territorio de Puerto Rico, negándoles beneficios de Seguro Social y Asistencia Familiar, a los cuales tendrían derecho de haber permanecido residiendo en alguno de “los 50 estados o el Distrito de Columbia”. El Tribunal Supremo citó la Cláusula Territorial, como fuente de autoridad constitucional para el discrimen. Eso no ocurriría si fuésemos en verdad ciudadanos de EU.  Al moverte a la Isla, que pertenece a EU pero no es parte de EU se pierden automáticamente los derechos civiles y constitucionales.
 
No hay cambio alguno. En la Ley Jones se sustituye el renglón ‘Ciudadano de Puerto Rico’  por el de Estados Unidos sin ningún otro cambio sustantivo. Podemos recibir becas, fondos, ayudas para reparación de carreteras, salud etc.  para esto cualifican ciudadanos o nacionales.  Estamos equiparados a los pueblos indígenas en termino de derechos civiles. Tenemos libre tránsito a EU por estar cobijados bajo el término jurídico de 1853 como nacionales; un viaje de PR a EU se denomina como doméstico como reza la decisión en el caso González vs. Williams.
 
No somos ciudadanos americanos verdaderos sin importar lo que diga el pasaporte, eso puede desaparecer de un plumazo cuando le convenga al Congreso...
 
¡Me vale madre la ciudadanía americana!
 

 REFERENCIAS TEMÁTICAS

 https://elfilodelamoneda.blogspot.com/2008/01/los-casos-insulares-ayer-y-hoy.html

 

https://www.youtube.com/watch?v=krNh7Rl_F_s

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Balzac_v._Porto_Rico 

 

https://aldia.microjuris.com/2014/02/20/una-constitucion-al-servicio-del-colonialismo-efren-rivera-ramos-habla-sobre-casos-insulares-en-harvard/

 

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